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Experiencia y Visión
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En cada materia del derecho: Encaminado a la defensa de los derechos humanos y/o derechos fundamentales establecidos en la Constitución, así como en los Tratados Internacionales de los que México sea parte, a fin de limitar del poder de las autoridades gubernamentales, y más recientemente de los particulares cuando sus actos se equiparen a los de la atria, protegiendo así los derechos humanos y/o fundamentales de las personas, garantizando, por ende, la libertad de éstas frente al actuar arbitrario de las autoridades, para así garantizar el Estado de Derecho.
Juicio de Amparo.
En esta materia, la consultoría, asesoría y en su caso defensa, tiene por objeto, todo lo relativo a los comerciantes en el ejercicio de su profesión, a los actos de comercio legalmente calificados como tales y a las relaciones jurídicas derivadas de la realización de estos.
Derecho Mercantil.
En esta materia, la firma conoce y domina los distintos regímenes jurídicos de todas las sociedades caracterizadas como mercantiles, su fundación, disolución, funcionamiento interno, sus modificaciones estructurales (fusiones y escisiones).
Derecho de Sociedades o Societario.
Títulos de crédito y títulos-valores: La experiencia en el manejo de efectos comerciales (letra de cambio, cheque, pagaré), libranzas, vales, acciones, cartas de crédito, conocimiento de embarque, anotaciones en cuenta, es lo que respalda a la firma.
Títulos de crédito y títulos-valores.
Obligaciones y contratos mercantiles: Encauzado al sector que se caracteriza por las abundantes y distintas figuras contractuales del tráfico mercantil, como la compraventa mercantil, el contrato de agencia, la comisión mercantil, los negocios on-line, contratos publicitarios, campo en el que la firma también cuenta con gran experiencia.
Obligaciones y contratos mercantiles.
Manejamos todo tipo de contrato bancario como puede ser hipoteca, la cuenta corriente, el préstamo, el depósito, el alquiler de cajas fuertes, el crédito documentario, la gestión de patrimonios, arrendamientos financieros y el marco de los seguros.
Derecho Bancario, de Seguros.
Nos Respalda un grupo de Profesionales del Derecho que manejan con pericia las situaciones de insolvencia de los sujetos del tráfico mercantil, previamente conocido como el régimen de quiebras y suspensión de pagos, con el objetivo de sanear la situación de insolvencia de un sujeto, principalmente una sociedad mercantil, para que sus acreedores sean resarcidos, pudiendo acabar bien en convenio, bien en liquidación de la sociedad.
Derecho Concursal.
Tenemos una Gran experiencia en aquellos supuestos en que se infrinja una norma de carácter penal, y se produce un daño en las personas y/o en sus bienes, se debe garantizar su castigo según el caso concreto, es tan amplio en posibilidades, que participa en todas las demás materias del derecho; que por citar ejemplos, una misma conducta suscita un reclamo ante el juez familiar como iniciar una averiguación penal, el incumplimiento del pago de alimentos; otro ejemplo, el incumplimiento de una obra o construcción en términos acordados, da motivo a una demanda civil por incumplimiento o una denuncia penal, por el delito de prestación de servicio distinto al prometido. El incumplimiento del pago de un cheque o pagare, da motivo a una demanda mercantil ante el Juez Mercantil o una denuncia penal, por el delito de documentos de crédito no pagados. El despido a un trabajador ya sea ante la Junta Local de Conciliación y Arbitraje, y/o ante el ministerio publico aun denuncia por abuso de confianza, como podrá verse son innumerables las posibilidades, que según cada caso concreto se elegirá la estrategia legal correcta.
Derecho Penal.
Contamos con especialistas en materia laboral que tiene por objeto regular las asociaciones de los empresarios y la formalización entre éstos y los trabajadores de contratos que nacen y funcionan en el seno de las modernas empresas.
Y en este rubro la experiencia se extiende a la atención de situaciones de:
1.- Derecho individual del trabajo: relaciones que emanan del contrato individual de trabajo entre un trabajador y su empleador.
2.-Derecho colectivo del trabajo: relaciones entre grupos de sujetos en su consideración colectiva, del derecho del trabajo (sindicatos, organizaciones de empleadores, coaliciones, negociación colectiva, participación del Estado con fines de tutela).
3.- Derecho de seguridad social: protección de los trabajadores, principal (pero no exclusivamente) económica, ante los riesgos de enfermedad, accidentes, vejez, cesantía, etcétera.
Derecho del Trabajo.
La firma tiene experiencia en el manejo de todo lo relativo a las normas e instituciones jurídicas que regulan las relaciones personales y patrimoniales de los miembros que integran la familia, entre sí y respecto de terceros; con intervención de la Autoridad como auxiliar en la aplicación del derecho para el goce, el ejercicio, el reconocimiento y la exigibilidad de los derechos, deberes y obligaciones derivados de los vínculos familiares.
Los asuntos de derecho de familia en los que se puede intervenir son:
Matrimonio y sus efectos.
Constitución y cambio de Regímenes patrimoniales.
Nulidad matrimonial.
Separación de cuerpos.
Divorcio.
Filiación.
Adopción y sus efectos.
Patria potestad.
Guardas y custodias.
Tutela
Alimentos.
Declaraciones de Ausencia.
Presunciones de Muerte.
Esta materia es la que marca nuestro quehacer profesional y en el que más nos hemos desarrollado, ya que en ella se trata todo lo relativo a normas del Derecho que regulan las relaciones personales o patrimoniales, voluntarias o forzosas, tanto físicas como morales, de carácter privado y público.
El contenido más típico del Derecho Civil, se encuadra en:
1.- Los elementos que determinan las condiciones de cada individuo en su relación jurídica con los demás, tales como el estado civil, el domicilio o la nacionalidad, y los derechos personalísimos o de la personalidad, íntimamente ligados al ser humano desde que nace.
2.- Las relaciones jurídicas de los individuos con los objetos o cosas, tales como la propiedad, los modos de adquirirla, la posesión y la mera tenencia.
3.- Las consecuencias jurídicas que vienen determinadas por el fallecimiento de una persona física en lo relativo a la transferencia de sus bienes y derechos a terceros.
4.- Los derechos y obligaciones que nacen de los contratos, hechos, actos y negocios jurídicos, y sus consecuencias y efectos vinculantes.
5.- La responsabilidad civil, que trata de la indemnización de daños: moral y material, y perjuicios causados.